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Poseo veinte inmuebles y quiero gestionarlos como actividad economica.tengo local exclusivo, y persona dada de alta en seguridad social pra gestionarlo,
Lei en vuestra pagina que Hacienda puede considerar que no es suficiente el volumen para considerarlo actividad economica. Cual seria el minimo exigido
Estoy pensando abrir un negocio de venta en la red y me gustaría saber los pasos a seguir así como los costes que he de afrontar.
Buenos días a tod@s.
Soy Paca Alcaraz, nutricionista. Soy nueva en esta web.
Tengo mi consulta en Madrid en la clínica Virgen de la Paloma situada en la zona de Moncloa al lado de la clínica de la Luz. Acabo de hacer una página web en la cual quiero poner herramientas de tipo nutricional. Mis conocimientos en informática son a nivel de usuario y por ello he pensado en la posibilidad de intercambiar mis conocimientos profesionales por los conocimientos de alguien expert@ en programación. La idea es ofrecer un tratamiento completo de aprendizaje nutricional para adelgazar o aprender a comer a cambio del trabajo de programación de las herramientas de mi página.
Si hay alguna persona interesada que se ponga en contacto conmigo y hablamos más detenidamente. Mi teléfono es 650-49-87-13, el e-mail pacaalcaraz@gmail.com y mi página web es www.pacaalcaraznutricionista.es
Un saludo
Paca Alcaraz
Hace unos meses iniciamos una pagina web en plan amigos y al quedarme sin trabajo, ni paro, decidí darle caña al asunto. Pero necesito que los demás opinen y puedan dar ideas o consejos. No he sido nunca un profesional de la red pero si siempre en creído en su enorme potencial desde los años 90. Os invito a que nos echéis un vistazo y nos den su impresión. www.lospeseteros.com
Gracias uy un fuerte abrazo a todos.
Thierry
Por un lado la Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley 1/2000607 dice:
...que se puede embargar por tramos (30%, 50%...) después del sueldo medio interprofesional.
punto 6. ...serán de aplicación a los ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas.
y sin embargo la Seguridad Social embarga el 100% de casi TODO lo que cobras, poniendose en contacto con tus clientes para embargar las facturas, y dice que esta ley sólo es para el trabajador o autónomo dependiente (cosa que no leo en la ley).
Al embargarte el 100% y no poder comer ni pagar los gastos, crean el hundimiento, puesto que se generará deuda a todos los proveedores (teléfonos, prestamos bancarios, piso, impuestos, comer, etc.).
Según conversación (hablada) con la Seguridad Social, explicando que no podría seguir, su respuesta: "Pues cierra tu negocio".
¿Cómo y a quién se puede denunciar esto?
hace unos meses me he cambiado de compañia de seguros. Doy un siniestro de aguas residuales pues se me esta undiendo el suelo y me dicen que no lo cubren por ser anterior a la contratacion de la poliza. ¿esto puede ser?, ¿que hago?.
Quisiera saber qué clase de ayudas o subvenciones están a mi alcance si traslado mi negocio a la comunidad de Madrid. Se trata de una cooperativa de dos socios sin empleados. Gracias.
Estimados Sres.
Soy autónomo, y en este mes, voy a firmar un contrato, como subcontratista de una UTE que se dedica a hacer una obra de construcción. Me han dicho que me van a pagar mediante confirming, pero a 180 días.
Tengo entendido que desde la entrada en vigor de la ley 15/2010 esto es ilegal. ¿puedo obligarles a que me hagan el contrato con pago a 60 días, independientemente de que lo hagan con confirming u otra forma de pago?. Si aún así, no me pagan en 60 días ¿puedo proceder a su denuncia? ¿donde? ¿debo seguir trabajando o puedo rescindir el contrato unilateralmente a la primera falta de pago?
Muchísimas gracias.
Hola a todo,
Estoy montando una empresa para exportar productos a países árabes. ¿Alguien me puede informar de que requisitos son necesarios y si hay algún tramite especial que debo realizar a nivel oficial, tanto en España como en el resto de los países?
Buenas: tengo una Pyme de la cual soy administrador unico. Actualmente ademas estoy trabajando por cuenta ajena ya que el negocio de la Pyme no va muy bien. Mi pregunta es: porque tengo que pagar Seguridad social como autonomo si ya estoy cubierto ( y cotizando por el maximo) por la otra empresa?. Creo que esa duplicidad hay que eliminarla porque ademas, segun tengo entendido, las prestaciones no se suman.
Gracias.








